Registro Turístico
Qué es
Inscripción obligatoria de los establecimientos que ejercen actividad turística en el Distrito Metropolitano de Quito. La gestiona la Empresa Pública Metropolitana de Gestión de Destino Turístico (EPMGDT), conocida como Quito Turismo, que es una institución del propio Municipio.
Quién está obligado
Todo establecimiento que desarrolle actividad turística en el DMQ: alimentos y bebidas (restaurantes, cafeterías, bares), alojamiento (hoteles, hostales), parques de atracciones, organizadores de eventos y demás servicios turísticos.
Relación con la LUAE
Son autorizaciones complementarias y obligatorias: para ejercer actividad turística hacen falta las dos. En la práctica el Registro Turístico va primero, porque la LUAE lo exige como componente previo en estas actividades.
Requisitos
Falta dato Quito Turismo indica que hay formularios específicos por tipo de actividad y procedimientos diferenciados (Simplificado, Ordinario y Especial), pero no publica un listado cerrado de requisitos. Procede desglosarlo por tipo de establecimiento con la experiencia del despacho.
Plazos
La emisión toma un día. Ahora bien, la emisión no es el final del trámite: queda pendiente la visita de verificación de la AMC — vea el aviso anterior.
Vigencia
Falta dato No se localizó la vigencia oficial.
Qué pasa si no lo tiene
Si no lo tiene, no puede obtener la LUAE en actividades de alimentos, bebidas y alojamiento. Y si lo tiene pero no supera la visita posterior de la AMC, se enfrenta primero a una orden de corrección y, si el incumplimiento persiste, a una sanción fuerte.
Falta dato Falta la cuantía o tipificación exacta de la sanción y su base normativa, para poder citarla con precisión.
Fuente: quito-turismo.gob.ec. Consultado 25/07/2026.
